Sala de Gobierno

La sala de gobierno de los tribunales estará conformada por el presidente y el vicepresidente del tribunal.

Funciones de la sala de gobierno:

a) Decidir sobre los asuntos administrativos del tribunal que la sala plena le delegue o comisione.

b) Ejecutar las decisiones de la sala plena, cuando fuere el caso.

c) Resolver las peticiones de licencias y vacaciones de los jueces administrativos del distrito judicial, y licencias y vacaciones de los empleados nombrados por la sala plena.

d) Resolver los conflictos que por razón del reparto de asuntos sometidos a las secciones o subsecciones se susciten entre los magistrados.

e) Presentar a las salas administrativas de los consejos Superior o seccionales de la Judicatura y a las direcciones ejecutivas seccionales, según el caso, las informaciones y peticiones que se relacionen con la Corporación y los despachos judiciales, cuando considere que se afecta su cabal y eficiente funcionamiento, y atender las que aquéllos le formulen en desarrollo de sus funciones.

f) Decidir sobre las solicitudes que le presenten en ejercicio del derecho de petición en los asuntos que le conciernan.

g) Las demás que señalen la ley o los acuerdos de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura.